1) para que queres eso? no se si sabes pero si por esas casualidades lo haces para que tu futura jermu no se la quede,la ley lo ampara como bien propio si fue adquirido antes del casorio
2) si es para safar de impuestos, lo compras vos, haces toda la movida, haces un contrato de donacion, y se lo das al abu o a la abu o a tu vieja si es jubilada ya fue. El tema ahi es ver si cuando palme no te van a querer chorear una parte tus familiares
3) Testaferro