Nooo si no va a pasar nada, p-puro troleo Kek… Guatón lamuel C-chao
>“Se crea la figura del delito de acoso cibernético, sancionándolo a través de cualquier medio en que se produzca, como medios electrónicos, web, Instagram, Twitter, Facebook, Snapchat”, explicó.
>Por su parte, el ministro Larraín añadió que el proyecto, que ingresarán la próxima semana, contempla penas privativas de libertad de tres años y un día como mínimo, y que incorporarán “la figura de intromisión en la vida íntima de las personas y la exhibición de imágenes que sean obtenidas de forma indebida o, incluso, cuando se trata de imágenes que fueron captadas en forma consentida pero que nunca fueron autorizadas para ser difundidas”.
1) Hostigamiento o acoso (stalking)
Es un nuevo delito, no limitado al contexto sexual, e independiente de si el acoso se realiza presencialmente o por redes sociales.
Aquí califican los casos en que se afecta a una persona, a través del seguimiento físico o por medios de comunicación, incluso llamadas telefónicas, y se propone una pena de tres años de cárcel.
La abogada María Elena Santibáñez valora esta propuesta, porque “había una laguna, por el aumento de redes sociales, y me parece positiva la creación de esta figura, para proteger a las mujeres”.
2) Difusión de material sexual
Delito que sanciona a quien exhibe videos, imágenes o sonidos de una interacción sexual o de partes íntimas, sin el consentimiento de la persona afectada. Es delito aún cuando la obtención del material haya sido consentida.
Si bien se trata de un ilícito nuevo, cuando la persona afectada es menor de edad, aplicaría el delito de producción o difusión de material pornográfico infantil.
Se propone una pena de hasta tres años de cárcel, pero si el hecho afecta a muchas personas, podría llegar hasta los cinco años.
3) Difusión de datos personales
Este delito sanciona a quien difunde imágenes, videos o datos personales de una persona, con la finalidad de que sea hostigada o acosada por un número considerable de individuos. Se conoce como “doxing” y podría ser similar a las llamadas funas. Se propone una pena de 541 días de cárcel, que aumentan si la persona afectada es acosada efectivamente.
La abogada Santibáñez dice que podría haber un “problema probatorio” en el caso de difusión de imágenes sin rostro, como en el caso de los conocidos “packs”.
4 ) Alza de penas para las injurias
El Gobierno también anunció que aumentará las penas para el delito de las injurias. En la actualidad, quien injuria a alguien se expone a una pena de multa, si no es por escrito ni con publicidad. Ahora, se proponen penas de cárcel.
El abogado Francisco Cox cree que es un error sancionarlo, porque podría ir contra la libertad de expresión. “La injuria y la afectación al derecho de la honra deberían ser analizados en demandas civiles, siempre con indemnizaciones bajas, para no inhibir la libertad de expresión”, plantea.
5) Alza de penas para el chantaje
En la actual legislación, quien amenaza a otro con difundir imágenes de carácter privado para obtener un beneficio, incurre en el delito de chantaje, y arriesga una pena de cinco años y multa de 100 a 50