>Con el fin de que se mantenga la oración por el difunto y no se lo olvide en la comunidad, "las cenizas del difunto deben mantenerse en un lugar sagrado, es decir, en el cementerio o, si es el caso, en una iglesia o en un área especialmente dedicada a tal fin por la autoridad eclesiástica competente".
>Queda prohibida la conservación de las cenizas en el hogar, sólo en casos de graves y excepcionales circunstancias, dependiendo de las condiciones culturales de carácter local, el Ordinario, de acuerdo con la Conferencia Episcopal o con el Sínodo de los Obispos de las Iglesias Orientales, puede conceder ese permiso"
https://www.infobae.com/america/mundo/2016/10/25/las-7-reglas-que-el-vaticano-establecio-para-la-cremacion-y-la-conservacion-de-las-cenizas-de-los-muertos/