https://ciperchile.cl/2019/07/18/como-y-por-que-el-gobierno-permitira-a-las-empresas-no-pagar-impuesto-corporativo/
> la idea, difundida insistentemente por centros de pensamiento de derecha, de que Chile cobra altos impuestos corporativos. Por el contrario, la tasa que las empresas efectivamente pagan (no la que dicen pagar) es baja; y la reforma la llevará a cero
> Entre los elementos que caracterizan el impuesto a las utilidades de las empresas, la tasa es el que tradicionalmente concentra la discusión pública. Esto parece razonable pues la intuición nos dice que, si aumenta la tasa en un 5%, las empresas tendrán que pagar efectivamente un 5% más.
> Sin embargo, existen dos elementos adicionales que pueden neutralizar un alza de tasa, es decir, que pueden hacer que lo que aparece en el papel, no ocurra en la realidad. Esos elementos son el grado de integración y la base
> El grado de integración se refiere a la forma cómo se combinan los impuestos que paga una empresa y los que pagan sus dueños
> En la mayoría de los países desarrollados no se combinan, es decir, las empresas y sus dueños tributan por separado. Una empresa genera utilidades, paga impuestos y luego sus dueños pagan impuestos personales por los ingresos que derivan de sus empresas. Así, si usted se pregunta, por ejemplo, cuánto tributa una empresa en Alemania, Dinamarca, Holanda, o Suecia, le dirán que tributa lo que dice la tasa. Estos países son, tributariamente hablando, sistemas desintegrados.
> En Chile, en cambio, hasta la reforma de 2014, teníamos un sistema totalmente integrado. Este régimen considera que los impuestos pagados por la empresa son un adelanto del impuesto que deben pagar sus dueños. La empresa genera utilidades, tributa por ellas, y luego a sus dueños se les reconoce que los ingresos que obtiene de la empresa ya pagaron un impuesto, haciéndose un descuento en su obligación personal.
> ¿El resultado? Aunque las empresas que se someten a regímenes de este tipo deben pagar hoy un 25% en impuestos, en lo sustancial pagan cero. Dado que el impuesto corporativo opera como un adelanto (o retención), para los dueños es irrelevante la tasa que el Estado le fije a las empresas. Si es 0%, 50%, o 100%, todo se les devolverá a los dueños en forma de crédito en su tributación personal.
¿La purga cuándo?