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>Además el Art. 383 sanciona a “Todo individuo que haya ultrajado el pudor por medio de escritos, dibujos u otros objetos obscenos“. Por lo tanto, si el desnudo total o parcial fuesen considerados una forma de ultraje al pudor, los fotógrafos, pintores y otros artistas, deberían ser sancionados.
>A pesar de ello, la falta de definición de los conceptos de “ultraje al pudor o a las buenas costumbres” deja la interpretación de éstos artículos a juicio de la autoridad local.
>Por ese motivo, Nudistas Venezolanos lo practica únicamente en playas que se encuentran alejadas de la “vista del público”, donde el nudismo es una actividad tradicional, por lo que no puede considerarse que sea un “ultraje a las buenas costumbres”, y en posadas privadas, en las cuales estos artículos no son aplicables.
TL;DR: Lo que al juez le de la gana, las leyes venezolanas están hechas como la mierda.